Presente y futuro de las relaciones locativas ante la emergencia económica

«Presente y futuro de las relaciones locativas ante la emergencia económica» en La Ley LA LEY 2002-B, 1141 a pág. 1157. Reproducido bajo el título «El contrato de locación y la emergencia económica» en «Emergencia Publica y Reforma del Regimen Monetario» Director: Ricardo Luis Lorenzetti, Ed. La Ley, Bs.As. 2002, páginas 175 a 201. (ISBN 950-527-763-6).

I. Otra emergencia locativa. – 1) El contrato de locación en la Argentina II. El sistema de la ley 25.561. – 2) Las n ormas introducidas. La Ley 25.561. 3) Las normas involucradas. El decreto 214/2002. 4) Las normas involucradas. La Ley 25.563 e concursos y quiebras. 5) Dos regímenes III. Locaciones anteriores a la emergencia económica. – 6) Institutos a considerar. V. Monto del alquiler. – 7) Pesificación del monto. 8) El canon pactado en afganis ( moneda de Afganistán). 9) CER o n o CER .10) Remisión tácita a los principios de la ley 24.283. 11) Una acción híbrida. V. Depósito en garantía. -12) La previsión de la ley 23.091. 13) Naturaleza jurídica del depósito en garantía. VI. Indemnización por resolución anticipada. – 14) La indemnización tarifada de la ley 23.091. VII. Locaciones posteriores a la emergencia económica. – 15) Nada cambió. 16) Moneda de pago. 17) Cláusulas de reajuste. VIII. Cláusulas para mantener el valor adquisitivo del canon. -18) Advertencia previa. 129) Cláusula dólar. 20) Cláusula valor dólar. 21) Pago en «argentino oro». 22) Alquiler escalonado. 23) Pacto de negociación periódica. 24) Fijación por un tercero. 25) Porcentual del valor del inmueble. 26) Corrección mensual por intereses. 27) Obligación alternativa de pagar dólares o aplicar el CER al alquiler. 28) Simulación ilícita de fecha anterior. IX.- Consideraciones aplicables a cualquier locación. La garantía del Estado del artículo 6° de la ley 21.342. 29) Suspensión de juicios de cobro de alquileres. 30) ¿Se suspenderán los desalojos?. 31) La garantía el Estado del artículo 6º de la ley 21.342.

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