Locaciones urbanas. Somera exposición sobre el texto vigente

«Locaciones urbanas. Somera exposición sobre el texto vigente». En La Ley 1976-C-610 a pág. 641 (publicados los días 10, 25 y 31 de agosto y 9 y 16 de septiembre de 1976).

I. Generalidades. – II. Ámbito de aplicación. – III. Exclusiones. – IV. Cesión y sublocación. Exclusión del sublocador. – V. Declaración jurada. – VI. Garantía del Estado. VII. Plazos de restitución y régimen de precios. VIII. Alquiler mínimo legal. – IX. Reajuste del alquiler legal. A). Por los ingresos del locatario B) . Por gastos del locador. X.- Causales de desalojo no culposas. A) Causal de desalojo por recupero de vivienda. B) Causal de desalojo por recupero de vivienda sin compensación. C) Causal de desalojo por recupero de vivienda para edificar. D) Sanciones para el incumplimiento de las obligaciones asumidas por los recuperantes. – XI. Disposiciones complementarias. A) Continuadores en la locación. B) Causal de desalojo por falta de ocupación por el locatario del inmueble locado. C) Causal de desalojo por falta de pago. a) Presupuestos sustanciales para el ejercicio, de la acción. b) Presupuestos formales para el ejercicio de la acción. c) Facultad de acogimiento al pago de lo adeudado concluyendo el juicio. d) No resulta factible hacer uso de la franquicia que contenía el último párrafo del art. 13 de la ley 20.625 una vez sancionada la ley 21.342. D) La ley vigente no contempla la caducidad de las acciones por uso abusivo y transferencia prohibida. E) Facultad del locador para contratar fianza o seguro. F) Prioridad en planes de vivienda. G) Sanción penal corporal. H) Sanción pecuniaria. 1) Actualización monetaria – XII. Locación de inmuebles urbanos no destinados a vivienda. A) Prórroga. B) Precio de la locación. Alquiler y régimen futuro. XIII. Estado locatario. – XIV. Orden público y convenios. – XV. Juicio en trámite. – XVI. Aplicación supletoria del Código Civil. – XVII. Otros institutos no receptados por la ley vigente. A). Opción de compra. B) Presunción locativa. XVIII Normas procesales. Disposiciones generales. A). Ámbito. B) Procedimiento general. C) Excepciones previas. D) Unificación de providencia. – XIX. Disposiciones especiales para el juicio de desalojo. A) Procedencia de la acción de desalojo. B) Obligación de denunciar la existencia de sublocatarios u ocupantes. C) Notificación en el inmueble arrendado. D) Obligación del notificador. Localización del inmueble. E). Improcedencia de la reconvención. Acumulación del juicio de consignación. F) Limitación en la prueba. G) Plazo para dictar sentencia. H) Plazo para el lanzamiento. l) Alcance de la sentencia de desalojo. J) Condena anticipada. K) Convenios de desocupación. L) Locatarios que se acojan a plazos legales. – XX. Recuperación del inmueble abandonado por el locatario. – XXI. Aplicación de las normas procesales y disposiciones transitorias. Remisión. – XXII. Otros institutos procedimentales no contemplados expresamente en el estatuto locativo vigente. A) Apelación en los juicios de desalojo. B) Tenencia cautelar del inmueble. C) Audiencia de conciliación. – XXIII. A manera de colofón.

 

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